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Clase 1 - videoclase 2

UAIOnline - UAI · 1,403 words · 7 min read

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0:04respecto a las fuentes del derecho y su

0:07aplicación el artículo 1º del código

0:10civil y comercial menciona que los casos

0:12que el mismo rige deben ser resueltos

0:15conforme a las leyes la constitución

0:17nacional y los tratados de derechos

0:19humanos en los que la argentina sea

0:21parte para ello se tendrá en cuenta la

0:24finalidad la norma también se va a

0:27referir a los usos prácticas y

0:29costumbres y los considera como

0:31vinculantes cuando las leyes o los

0:33interesados se refieran a ellos o bien

0:36en situaciones no regladas legalmente

0:39por supuesto siempre que no sean

0:42contrarios a derecho

0:45el texto de este artículo se erige como

0:48la columna vertebral de nuestro derecho

0:50privado ya que dispone respecto a los

0:53instrumentos jurídicos de mayor

0:55jerarquía lo cual posee dos funciones

0:58fundamentales en primer lugar sienta las

1:02bases axiológicas sobre las cuales

1:04estructura nuestro código y en segundo

1:06lugar pero no menos importante sirve de

1:10guía para resolver casos mediante las

1:12fuentes resulta sumamente importante

1:16destacar que la jurisprudencia entendida

1:19como el conjunto de fallos reiterados y

1:22coincidentes de casos análogos no

1:25resulta mencionada en el artículo único

1:27del csc como una fuente es muy

1:30importante tampoco se hace explicación

1:33alguna sobre la finalidad de la norma

1:36que enuncia de artículo por lo que se

1:38considera como un principio

1:40interpretativo teleológico más que como

1:43una fuente en sí

1:45pero ahora la primera más importante de

1:47las fuentes es por supuesto la ley la

1:50cual debe estar en consonancia con la

1:52constitución y con los tratados

1:54internacionales de derechos humanos a

1:56los que la nación haya adherido

2:00como por ejemplo los instrumentos que

2:02enumera el artículo 75 inciso 22 de

2:05nuestra constitución nacional

2:07según la definición que nos brinda

2:09suárez podemos definir a la ley como un

2:12precepto común justo estable y

2:16suficientemente prolongado como

2:18significa que se trata de una norma

2:20formulada en términos generales en el

2:23sentido de haberse establecido para un

2:25número indeterminado de casos

2:28al decir justo nos estamos refiriendo a

2:31la igualdad de tratamiento de las

2:33situaciones legales el vocablo estable

2:36es un carácter que se refiere a la

2:38permanencia de la ley y por su parte

2:40suficientemente promulgado quiere decir

2:43que ha de haber sido establecida por el

2:46legislador conforme al mecanismo

2:48constitucional además no hay que olvidar

2:51que uno de los principales caracteres de

2:53la ley es que ésta es obligatoria es

2:56decir que no se limita a dar consejos

2:57sino que su desobediencia es castigada

3:02con una sanción

3:04por decir castigado de alguna manera

3:07también las leyes deben obedecer al

3:09orden público el cual se identifica con

3:11lo que le interesa al orden social oa

3:13las instituciones fundamentales del

3:15estado

3:17también la ley puede clasificarse de

3:18diversas formas en primer lugar puede

3:21ser material que cuando nos referimos a

3:24toda la norma general y obligatoria

3:25emanada autoridad competente o bien

3:28puede ser formal cuando nos referimos a

3:30toda la norma emanada desde el congreso

3:33conforme al mecanismo

3:35constitucionalmente determinado

3:38en una segunda distinción tenemos a las

3:40leyes imperativas que son las que

3:42excluyen o suprimen la voluntad privada

3:44de tal modo que la regulación se impone

3:47a los interesados los cuales no pueden

3:49modificarla ni sustraerse a sus

3:52consecuencias como por ejemplo tenemos

3:55el caso de los derechos reales el

3:57derecho de cosas

3:59pero bueno por otra parte en las leyes

4:01también pueden ser supletorias que es la

4:04contraparte las imperativas y es cuando

4:06se respetan iniciativa y voluntad de las

4:08partes limitándose a reconocer los

4:10efectos de la voluntad oa establecer los

4:12efectos de una regulación complementaria

4:14para el caso de que esa voluntad no se

4:17halla exteriorizado aquí nos encontramos

4:19en casos donde se aplica la autonomía de

4:22la voluntad de las partes

4:25en tercer lugar el artículo 2500 99 del

4:28código civil y comercial

4:29rebollo y regula las leyes perdón

4:32internacionalmente interpretativas aquí

4:35el código se refiere a las denominadas

4:37leyes de policía o también llamadas de

4:39aplicación inmediata

4:41en cuarto lugar tenemos a las leyes

4:44perspectivas y prohibitivas en tanto que

4:47las primeras son las que ordenan

4:48positivamente una conducta jurídica

4:51forzosa las segundas se van a encargar

4:54de prohibir tal y como su nombre lo

4:56indica por ejemplo actos tales como el

4:59matrimonio entre hermanos finalmente

5:02respecto a las leyes supletorias

5:05tenemos a las leyes complementarias las

5:07cuales van a suplir la falta de

5:09manifestación de la voluntad de las

5:11partes y también tenemos las leyes

5:14interpretativas las cuales tienden a

5:17poner de manifiesto la voluntad de las

5:19partes cuando la misma se hubiere

5:22exteriorizado de manera dudosa

5:25otro punto que debemos tener en cuenta

5:28respecto a la ley en su aplicación en el

5:30tiempo la cual se encuentra captada a

5:33nuestro ordenamiento por el artículo 7

5:35del código civil y comercial que regula

5:39puntualmente su eficacia temporal dicho

5:43artículo nos dice que a partir de su

5:45entrada en vigencia las leyes se aplican

5:47a las consecuencias de las relaciones y

5:50situaciones jurídicas existentes dichas

5:53leyes no tienen efecto retroactivo sea

5:56lo nuevo de orden público excepto

5:59disposición en contrario la

6:01retroactividad establecida por la ley no

6:04puede afectar derechos amparados por

6:06garantías constitucionales y finalmente

6:09prescribe que las nuevas leyes

6:11supletorias no son aplicables a los

6:13contratos en curso de ejecución con

6:16excepción de las normas más favorables

6:19al consumidor

6:21pero bastantes fuentes son los usos

6:23prácticas y costumbres los cuales van a

6:26entrar en juego bajo ciertas condiciones

6:28como se ha mencionado cuando las leyes o

6:31los interesados no se refieran a ellos o

6:34en situaciones no arregladas legalmente

6:36y como hemos mencionado por supuesto

6:38siempre que no sean contrarios a derecho

6:42la costumbre por su parte eso nos

6:44implantaron una comunidad y considerado

6:47por ella como jurídicamente obligatorio

6:49va a poseer dos elementos uno de

6:52carácter objetivo que consiste en la

6:54existencia de nuestro reiterado que debe

6:56ser uniforme general y constante el otro

7:00elemento es el subjetivo que consiste en

7:02la convicción que tiene la comunidad que

7:05un uso va a resultar jurídicamente

7:07obligatorio

7:08haciendo un poco de historia

7:10encontraremos una contraposición de

7:13posturas entre alberdi quien fuera

7:15perdón y quien fuera el autor de nuestro

7:18código civil

7:19dalmacio vélez sarfield en el primero y

7:23recriminaba el segundo que su obra no

7:25había tenido en cuenta la carta magna es

7:26decir la constitución nacional esta

7:28disociación entre ambos instrumentos ha

7:31sido saldada en el código civil y

7:33comercial que no sólo ha tenido en

7:35cuenta a la carta magna y los tratados

7:38humanos con jerarquía constitucional que

7:41se incorporaron en la reforma

7:43constitucional del 94 a través del

7:46artículo 75 inciso 22 sino que también

7:51tuvo en cuenta incorporó un corpus iuris

7:54más extenso al que se reconoce como

7:56bloque de constitucionalidad federal

7:58que la principal fuente del código civil

8:02y comercial otra fuente de capital

8:04importancia de la cual cabe hacer

8:07expresa mención son los principios

8:09generales del derecho de los cuales el

8:11artículo 1 del código civil comercial no

8:13hace mención expresa sino que su

8:16aparición se infiere a través del

8:18artículo 2 cuando alude a los principios

8:21y valores jurídicos como un medio de

8:23interpretación de todo modo sigue dado

8:26su rol de integrador del sistema

8:27jurídico normativo según la doctrina

8:30continúa siendo una fuente del derecho

8:33estos principios podrían

8:35conceptualizarse como ideas rectoras o

8:38bien dicho de otro modo son los

8:40pensamientos directores de una

8:41regulación existente o posible conforme

8:44al criterio que nos brinda la unsj

8:47con el objeto de realizar una somera en

8:49oberá se numeración julio césar rivera

8:51si te gusta vino quien ha pretendido

8:54hacer una lista de los principios

8:56generales que corresponden al derecho

8:57civil argentino entre los cuales se

9:00incluyen la capacidad de las personas

9:03físicas es la regla en tanto que la

9:05incapacidad es la excepción o bien las

9:08incapacidades no pueden extenderse por

9:10la analogía otro principio es la buena

9:13fe como creencia y como lealtad de la

9:15cual hablaremos posteriormente o bien

9:17que nadie puede alegar su propia torpeza

9:19se repudió el fraude la ley no debe

9:22atenderse a quien actúa en contradicción

9:24con sus propios actos ha de prohibirse

9:27la justicia por mano propia el género

9:30nunca perece primero en el tiempo mejor

9:33en el derecho y un largo etcétera por lo

9:37cual recomiendo atentamente la lectura

9:39del libro del doctor ribera derecho

9:41civil parte general de 2016 en su parte

9:45pertinente que va a ilustrar

9:47de forma muy enriquecedora todos estos

9:50conceptos

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